¿Qué se entiende por accidente laboral y quién paga un accidente laboral?

El accidente laboral o de trabajo corresponde a toda lesión corporal del trabajador o trabajadora durante su horario laboral, en su lugar o puesto de trabajo o en el trayecto de ida y vuelta hacia el lugar. 

La Ley N° 16.744 establece los elementos que definen un accidente laboral de la siguiente manera:

  • Una lesión: se refiere al daño causado por una herida, golpe, enfermedad u otra dolencia. La magnitud del daño no es relevante para considerarse como accidente laboral, sino su mera existencia, que puede afectar tanto la salud física como mental del trabajador.

  • La relación causal entre el trabajo y la lesión: es esencial que exista una conexión, aunque sea indirecta, entre la actividad laboral y la lesión sufrida para que el incidente se considere como accidente laboral.

  • La incapacidad o muerte del trabajador afectado: la incapacidad implica que el accidente haya impedido al trabajador realizar sus funciones habituales.

La empresa u empleador está obligado/a por la Ley 16.744 a pagar mensualmente las cotizaciones a sus trabajadores/as. Los trabajadores/as independientes (trabajadores/as a honorarios) están obligados/as a cotizar por este seguro.

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